¿Es el crowdfunding igual que las preferentes?
Hagamos un pequeño ejercicio de imaginación y pensemos por un momento que algunas de las recientes propuestas realizadas por el gobierno para regular el crowdfunding se hubiesen aplicado a las preferentes emitidas por las cajas:
- Limitación de la cantidad máxima a invertir hasta 6.000€.
- Limitación del capital máximo a solicitar (en el caso de las preferentes limitar el total de las emisiones).
- Limitaciones a las comunicaciones comerciales.
- Contratación de seguros que permitan devolver el dinero a los inversores.
¿Alguno piensa que con estas medidas y restricciones hubiese pasado lo que pasó con las preferentes?
Mi impresión tras ver estas medidas y lo sucedido con las preferentes en España es que el gobierno está confundiendo preferentes y crowdfunding. Está imponiendo al crowdfunding una normativa que debía de haberse aplicado a otro instrumento financiero, no sé si por desconocimiento o por desinterés.
No se ha tenido en cuenta una gran diferencia entre estas dos herramientas: mientras que una representa una acción desesperada para obtener liquidez y realimentar una economía especulativa orquestada por unos gestores más interesados en cobrar sus bonus y mantener su estatus que en cumplir con sus clientes y con la entidad que representan, el equity crowdfunding, el tipo de crowdfunding a priori más perjudicado, tiene como fin invertir en empresas, es decir, invertir en economía real, donde una participación de 3.000 € (el máximo a invertir por cada persona en un único proyecto) puede ser muy poca atractiva para un inversor interesado en un proyecto o 100.000 € insuficientes para crear una startup.
Con esto no quiero decir ni mucho menos que el crowdfunding no deba ser legislado, creo que debe serlo y algunas de las medidas propuestas creo que van en el buen sentido, pero los criterios no deben ser los que se debieron aplicar a las preferentes en su momento, debería ser una legislación que tenga en cuenta la naturaleza del crowdfunding y donde participen todos los que se verán afectados por esta normativa (Banco de España, CNMV, plataformas de crowdfunding, inversores, etc).
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