España regula el Equity Crowdfunding y Crowdlending
El Gobierno de España ha regulado el Equity Crowdfunding y Crowdfunding, limitando claramente la capacidad de acción de las actuales plataformas de crowdfunding de este tipo, protegiendo claramente al sector bancario.
“Después de la tempestad, llega la calma.”
Escuchando el pasado viernes 28 de Febrero de 2014 al Ministro de Economía, el señor Luis de Guindos en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros explicando la nueva legislación sobre Plataformas de Financiación Participativa y poniéndonos en el lugar de la inmensa mayoría de personas que lo escucharon, leyeron o vieron, comprendemos que es completamente imposible que a alguien externo al sector le quedara claro qué es eso del crowdfunding y qué se esta regulando exactamente.
Vamos a tratar de aportar nuestro granito de arena para aclarar un poco la situación frente al Anteproyecto de Ley para el Fomento de la Financiación Empresarial, que en su título V capítulo primero trata sobre las Plataformas de Financiación Participativa.
Para empezar es indispensable conocer que existen cuatro tipos de crowdfunding diferentes completamente.
Tipos de Crowdfunding.
Crowdfunding de inversión o Equity Crowdfunding.
Se trata de que una persona que necesita financiación para un proyecto, en general emprendedor, y para conseguirlo ofrece participaciones a pequeños inversores.
En algunos países ya se pueden adquirir participaciones de micropymes y startups desde 10€. Por ejemplo Inglaterra y Holanda.
Este tipo de crowdfunding es el que se ve afectado directamente por la nueva legislación.
Principales plataformas actuales afectadas:
- Sociosinversores.es
- Thecrowdangel.com
- Inverem.es
- Nestarter.
- Bihoop.
- Megustatuidea.
- Lemonfruits.
- Microinversores.
- Creoentuproyecto.com
- Lánzame.
Más información sobre estas plataformas y el Equity Crowdfunding en general.
Crowdfunding y préstamos, llamado Crowdlending
Se produce cuando una persona necesita una cantidad económica y remite la información a un portal especializado en préstamos financiados por la multitud, prestamos de persona a persona (P2P). Esa solicitud aprobada se cuelga en el portal de Crowdlending y cualquier persona puede prestar dinero, a cambio de un tipo de interés previamente establecido.
Las personas que entregan dinero a cambio de un tipo de interés son prestamistas.
Tipo de crowdfunding también se ve afectado directamente por la nueva legislación.
Principales plataformas actuales afectadas:
- Comunitae.
- LoanBook.
- Arboribus.
- Receptum.
- Lendico.
- Zank.
- IsePankur.
- TopBanco.
Más información sobre estas plataformas y el crowdlending en general.
Crowdfunding y recompensas
Un promotor de un proyecto cuelga su petición en un portal especializado ofreciendo recompensas a cambio de aportaciones económicas concretas. Por ejemplo, por 20€ entregan a cambio un libro, por 30€ un libro firmado, por 40€ un libro dedicado…
Las personas que aportan y reciben algo a cambio son denominados mecenas o micro mecenas.
Tipo de crowdfunding al que NO afecta la nueva legislación. Si le afectará la futura ley de Mecenazgo.
Crowdfunding y donaciones
Supone la donación que se ha realizado a éste tipo de proyectos desde siempre, pero en éste caso con Internet como base, y con difusión principal por redes sociales. El donante no recibe nada material en forma de pre-venta, simplemente la satisfacción de haber apoyado un proyecto que era de su interés y en ocasiones detalles como camisetas, pins o elementos similares que nunca tendrán ánimo lucrativo.
Las cuantías donadas, generalmente las determina directamente el donante en cada caso, pueden ir desde 1€ hasta miles de euros.
Las personas que donan las denominamos donantes.
Tipo de crowdfunding al que NO afecta la nueva legislación. Si le afectará la futura ley de Mecenazgo.
Ampliar información sobre tipos de crowdfunding.
Medidas propuestas y cómo afectan a inversores, emprendedores y plataformas
Vamos a comentar a continuación las medidas más importantes que se han tomado y cómo afectan, siempre según nuestra opinión, a cada actor del sector, en este caso inversores, emprendedores y sobre todo plataformas.
Se prohíbe explícitamente publicitar o realizar comunicaciones comerciales sobre proyectos a financiar
Inversores. Si no están registrados directamente en la plataforma les privará de conocer proyectos para invertir.
Plataformas. Limita una vía clave para darse a conocer a ellas y a los proyectos que buscan financiación, algo que a los bancos se les permite.
Emprendedores. Se les limita a la hora de dar a conocer su proyecto por medio de una plataforma que lo difunda mediante anuncios o de forma similar.
Las Plataformas de Financiación Participativa no podrán tarifar a los promotores en base al éxito de la captación de fondos.
Inversores. Deberán abonar los servicios recibidos por otras vías.
Plataformas. Se trata del modelo de negocio habitual para todas las plataformas de Equity Crowdfunding o Crowdlending en todo el mundo. En general de todo tipo de crowdfunding. Medida absurda que complica la prestación de servicios. Beneficia a la banca.
La aportación máxima a cada proyecto será de 3.000€
Inversores. Gran limitación para las personas que quieran invertir cantidades mayores. Limitación absurda.
Plataformas. Les obliga a disponer de miles y miles de micro inversores para ser rentables.
Emprendedores. Se complicará la tarea de encontrar inversores, ya que tendrán que rechazar el dinero que supere esta cantidad y también porque puede darse la situación de que algunos inversores no estén interesados en invertir una cantidad tan pequeña.
¿Existen límites a las cantidades que una persona aporta a un plazo fijo en una cuenta bancaria? En teoría deducimos que es una medida que busca limitar el blanqueo de dinero. Totalmente inviable, limitante y absurda.
La aportación máxima a cada plataforma en 12 meses será de 6.000€
Exactamente igual que la media anterior.
La cantidad máxima que un proyecto puede recaudar a partir de ahora será de 1.000.000€
Emprendedores. Irán a otros países donde están esperando, encantados, proyectos españoles que buscan financiación superior a esta cantidad. O se exilian, o el proyecto no saldrá adelante en España. Parece que los emprendedores españoles solo pueden optar a microproyectos. Nuevamente, medida absurda.
Plataformas. Limitación importante a la hora de captar proyectos emprendedores españoles y extranjeros, quedando únicamente pequeños proyectos. Competencia en inferioridad de condiciones con plataformas de otros países como Inglaterra, Holanda, Francia… Abocadas a salir y domiciliarse en otros paises para continuar, si pueden hacerlo…
Registro de las Plataformas en el Banco de España y en la Comisión Nacional de Valores.
Plataformas. Las exigencias de este apartado provocan que ninguna de las plataformas que están actuando antes de la aplicación de la presente regulación lo pueda hacer legalmente ni a medio ni a largo plazo.
Capital social de 50.000€
O bien contratar un seguro de responsabilidad civil profesional con una cobertura mínima de 100.000 euros por reclamación de daños, y un total de 150.000 euros anuales para todas las reclamaciones.
Plataformas. Les obligará a contar con mayor capacidad financiera. Una medida interesante siempre que busque ofrecer seguridad a los usuarios de dichas plataformas.
Emprendedores. Si bien este tipo de seguros aportarán seguridad también incrementarán los costes de las plataformas, esto aumentará las comisiones (o tarifas) que estas cobran y por tanto la cantidad a solicitar por el emprendedor.
¿A quién se ha consultado para redactar esta nueva legislación?
Informe sobre crowdfunding
El secretario de Estado de cultura José María Lasalle, solicito un informe sobre crowdfunding para finales de 2013, entendemos que dirigido a la futura Ley de Mecenazgo, pero ¿Existe ese informe realmente?¿Se ha utilizado para redactar esta ley sobre plataformas de financiación colectiva? Sería interesante algo de transparencia real. Como detalle diremos que fuentes extraoficiales nos confirmaron el coste de este informe en aproximadamente 40.000€, asignado a una consultora sin ninguna relación ni conocimiento del sector del crowdfunding. ¿En qué se ha basado el gobierno para redactar esta legislación?
Asociación Española de Crowdfunding
Como miembros co-fundadores de esta asociación NO tenemos constancia de reuniones o contactos para tratar este tema. En teoría esta asociación se creo para representar al sector lo mejor posible, en ocasiones como esta.
Expertos en el sector.
En España las personas u organizaciones que realizan consultoría especializada en Crowdfunding con algo de seriedad se pueden contar con los dedos de una mano. Nos consta que colegas del sector que tienen conocimientos y experiencia NO han participado en la redacción de esta legislación.
Plataformas dedicadas al Equity Crowdfunding o Crowdlending en España.
Tras hablar con las principales plataformas de Equity Crowdfunding y Crowdlending (que generan el 95% del negocio en el sector) podemos decir que nadie ha contactado con ellos para recopilar su opinión.
Campaña “Yo apoyo el crowdfunding”
Desde hace exactamente un año, desde Universo Crowdfunding, pusimos en marcha la campaña “Yo apoyo el crowdfunding” solicitando que se legisle de forma específica en cada tipo de crowdfunding. Para promoverlo y difundirlo con garantías.
Nadie que haya tenido que ver con la redacción de la nueva ley ha contactado directamente con los promotores de esta iniciativa, que cuenta con el apoyo de más de 30 plataformas de crowdfunding españolas, más de 70 organizaciones de todo tipo y cerca de 1.500 firmas de particulares.
Propuestas concretas desde Universo Crowdfunding.
Eliminar el máximo de recaudación.
Eliminar el máximo de 1.000.000€ de financiación por proyecto.
Eliminar el máximo de inversión.
Eliminar el máximo de aportación por inversor, tanto de 3.000€ por proyecto como de 6.000€ por plataforma. Una medida intermedia sería la limitación al 35% de los ingresos o patrimonio disponible (como al solicitar una hipoteca) la inversión anual. Una segunda opción sería ampliar la limitación a 100.000€ como en Alemania, o incluso llegar al millón de libras, límite en Inglaterra.
Nos parece absurda esa limitación, puesto que en otras inversiones (Como inversiones en renta fija o variable) no existen límites. Es muy beneficiosa para los bancos.
Registro de las Plataformas en el Banco de España y en la Comisión Nacional de Valores
Reducir las exigencias radicalmente, facilitando el desarrollo y consolidación de startups y emprendedores en el sector, rompiendo con la protección bancaria actual que ofrece aparente seguridad, y que ha sido parte activa de la crisis financiera que vivimos.
Comisión europea
Promover campañas como la realizada por la Unión Europea, que ha solicitado a todo aquel que quiera, su aportación sobre ¿Qué puede hacer el crowdfunding por la Unión Europea? Cualquiera ha podido exponer ideas, reflexiones o propuestas concretas sobre como puede ayudar la financiación colectiva a la mejora de las condiciones de vida de los europeos.
Pruebas
En el Reino Unido se realizo en 2012 una experiencia piloto, aportando dinero a las plataformas de Crowdlending para que ellas prestaran dinero a pymes, autónomos y emprendedores sustituyendo a la banca. El éxito fue tal que se ha consolidado como opción que crece.
Consultar a los expertos
El sector y los expertos en la materia deben ser consultados, como se ha hecho en otros países. Es más, políticos portugueses han consultado a los promotores de la campaña “Yo apoyo el crowdfunding” sobre la iniciativa. Ningún político español ha contactado, pese a los sucesivos requerimientos.
Micro Business Angel
Posibilidad de que cualquier persona (micro business angeles), organización pública o privada pueda participar en cualquier empresa (nuevas o consolidadas) mediante pequeñas inversiones (mínimo 20 euros) de una forma fácil, sencilla y dinámica, modificando figuras actuales o creando nuevas.
Desgravación fiscal
Desgravación fiscal a las pequeñas aportaciones de los inversores que apoyen a empresas o proyectos emprendedores adquiriendo participaciones, tanto si son personas particulares como organizaciones públicas o privadas.
Reducción del porcentaje, ya sea sobre el IRPF o Impuesto de sociedades según hablemos de particulares o empresas, a pagar por los intereses o beneficios generados por sus aportaciones.
Conclusiones claves.
- España necesita urgentemente una regulación de los diferentes tipos de crowdfunding. Esta propuesta de ley parece haber sido realizada de forma rápida y desconociendo completamente el funcionamiento nacional e internacional del sector.
- Da la sensación de ser una regulación redactada por los grandes poderes financieros, los bancos, buscando claramente la auto protección en España.
- Con esta regulación, los bancos podrán crear sus propias plataformas de crowdfunding de manera inmediata, mientras que la adaptación de las plataformas actuales puede durar meses o años, si alguna sobrevive.
- La regulación en otros países apoya y promueve las plataformas de Equity Crowdfundig y Crowdlending de emprendedores que se arriesgan, con innovación y creatividad, ofreciendo alternativas al sector bancario. Esta regulación hace exactamente lo contrario, trata de matar a este tipo de emprendedores, su apuesta por el riesgo, la innovación, creatividad, generación de riqueza y empleo.
- La Unión Europea trata de promover y apoyar con facilidades el desarrollo de nuevas opciones alternativas de financiación, como el crowdfunding. España hace todo lo contrario.
- Los emprendedores deberán seguir buscando su financiación en los bancos, quieran o no. También pueden salir a otros países a buscar financiación vía Equity Crowdfunding o Crowdlending a lugares con legislación que apoya y promueve esta financiación alternativa, los cuales se están frotando las manos en este momento.
- El potencial de Equity crowdfunding y crowdlending es inimaginable, informes del BBVA y otras entidades financieras “alertan” del peligro para su sector del crowdfunding, refiriéndose principalmente a este tipo, no al centrado en recompensas y/o donaciones.
- Indudablemente, es una batalla en la que la gran beneficiada han sido banca, se acabar con la famosa frase «La banca gana».
Como amantes del crowdfunding no podemos ser objetivos, nadie lo puede ser. Simplemente nos gustaría exponer la opinión que tenemos sobre las enormes posibilidades que puede generar la financiación colectiva, y la situación actual y futura con legislaciones de este tipo.
Tal como dice la interesante nota sobre la legislacion, pensamos desde Peru que las autoridades tienen la obligacion moral de coordinar con los actores directos de la industria del crowdfunding. Para ambas modalidades puramente de negocios como el equity o la deuda, basta ver alrededor de cada uno de los paises lo que viene sucediendo. Entendamos que el crowdfunding tiene una importancia fundamental en COMPLETAR EL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR en el mundo entero, completa la fase de capitalizacion y une de manera ideal la financiacion temprana con los inversores Angeles. Vale mencionar que en varios paises ya es requisito de parte de los inversores angeles que cualquier idea que se presente ante ellos deba de pasar primero por el crowdfunding, la razon: VALIDACION DEL MERCADO, recordemos que el crowdfunding no solo es financiacion, es darle tambien la posibilidad a personas comunes, el ciudadano de a pie, que tambien quiere tener sus inversiones aunque pequenas, les permiten ser parte de una empresa, les permite ser parte de una idea innovadora. Trabajemos de la mano en lograr una legislacion, en la cual participemos los que estamos en el mercado. Desde Peru nuestro apoyo…